
El Convenio de Montreal es el tratado de la OACI que unifica la responsabilidad de las aerolíneas en el transporte aéreo internacional: lesiones, muerte, equipaje, carga y ciertos daños por retraso. Más de 130 países lo aplican. No sustituye al Reglamento (CE) n.º 261/2004: el 261 da importes fijos por retraso, cancelación y denegación; Montreal cubre el daño real, con techos en derechos especiales de giro (DEG).
Por qué importa en un vuelo internacional
Sustituyó al Convenio de Varsovia. Puedes demandar, en muchos casos, donde vives si la aerolínea tiene presencia comercial allí.
- Responsabilidad tasada hasta un límite por tipo de daño.
- Vuelos internacionales entre Estados parte.
- La compañía no se libra con un “lo sentimos” si no prueba que hizo todo lo razonable.
Para el dinero fijo del 261, usa la guía de compensación de vuelo.
Equipaje y retrasos
Maleta facturada: destrucción, pérdida o daño hasta 1.288 DEG por pasajero. Retraso de maleta: lo esencial que compraste. Retraso de vuelo: daños demostrables (noche de hotel que pagaste, reunión perdida documentada), salvo que la aerolínea pruebe que tomó todas las medidas razonables.
Guarda tickets y, si hace falta, la autorización para actuar. El acuerdo No win, no fee cubre el riesgo jurídico.
Preguntas frecuentes
¿Montreal o CE 261?
Los dos pueden convivir. El 261 es un tanto alzado; Montreal, el daño concreto con techo.
¿Sirve en un vuelo solo dentro de España?
El 261 sí. Montreal aplica al transporte internacional entre Estados parte.
¿Cuál es el plazo?
Suele ser dos años desde la llegada o desde el día en que el avión debía llegar. Es más corto que muchos plazos del 261.
¿Necesito facturas?
Sí, sobre todo en equipaje y gastos extra. Sin prueba, el límite no se llena solo.
¿Compensall tramita Montreal?
Sí, cuando encaja con tu vuelo y tus pruebas, junto a cualquier derecho 261.
Un tratado, dos cajones
No elijas mal el cajón. Comprueba el itinerario en Compensall y reclama el fijo del 261 y, si hay daño extra, el cupo de Montreal.

